El Ministerio de Agricultura publica la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2025-2026
Las organizaciones agrarias celebran la noticia pero señalan que no será necesario activarla este año

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden por la que se establece la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2025/26, con el objetivo de prevenir posibles distorsiones en el mercado ante una eventual sobreproducción, mediante una retirada de producto.
La condición indispensable para activar este mecanismo sería que el nivel de existencias iniciales más las estimaciones de producción alcancen el 120 % del nivel medio de este sumatorio de las seis campañas anteriores. Según los aforos comunicados por las comunidades autónomas a principios de octubre, no parece que se vayan a alcanzar los umbrales y condiciones para su aplicación, aunque el Ministerio mantiene la norma disponible por si fuera precisa.
El artículo 167 bis del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 establece que los Estados miembros productores podrán establecer normas de comercialización para regular la oferta y mejorar la estabilidad del mercado de los aceites de oliva y las aceitunas. En España, el Real Decreto 84/2021 contempla que, cuando las condiciones de mercado lo justifiquen, se podrán aplicar estas normas mediante retirada de producto hasta la campaña siguiente y/o su destino a uso no alimentario, tratándose de una medida excepcional y coyuntural.
Tras dos campañas consecutivas de baja cosecha, en 2024/2025 se recuperó la capacidad productiva, y las condiciones climatológicas de la primavera pasada, con abundantes precipitaciones, llevaron a unas estimaciones productivas para 2025/2026 excepcionalmente elevadas, que podrían generar sobreoferta y desestabilización del mercado.
El Ministerio comenzó a preparar el mecanismo de retirada de aceite que, según el Real Decreto 84/2021, debe estar aprobado a 31 de octubre para su posible aplicación y prevención de distorsiones de mercado. Tras consultas con comunidades autónomas y representantes del sector, el proyecto normativo se sometió primero a consulta previa y después a audiencia pública.
La orden publicada establece que la aplicación dependerá del criterio de activación y del porcentaje de retirada a decidir por el operador sobre la producción total. Las instalaciones afectadas serían las almazaras productoras de aceite de oliva.
El porcentaje de producción a retirar se determinará mediante resolución de la dirección general de Producciones y Mercados Agrarios antes del 15 de noviembre, y el Ministerio, junto con las comunidades autónomas, elaborará un plan de control para garantizar el cumplimiento de la norma. Sin embargo, según los aforos de octubre, no parece que se alcancen los umbrales necesarios, ya que las altas temperaturas estivales han reducido las producciones previstas.
El sector celebra la publicación de la norma
La Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) ha aplaudido la publicación de la norma. “El mercado por sí solo ha demostrado que no es capaz de generar valor para el olivar tradicional”, han señalado desde UPA.
La organización pronostica que este año se venderá toda la producción, igual que en la campaña anterior. Sin embargo, esta norma “puede en el futuro poner coto a las malas prácticas de los especuladores en el sector, que todos sabemos que existen”, han indicado. UPA ha anunciado que seguirá trabajando en los próximos meses para mejorar esta norma, especialmente en lo tocante a:
- Limitación de la retirada a aceites de menor calidad. Con esta norma, el Ministerio de Agricultura no puede enviar el mensaje de que todas las categorías son iguales. El objetivo sería retirar del mercado las categorías que aportan menos valor, y premiar a los operadores que apuestan por la producción de calidad.
- Modificación de algunos requisitos para hacer la norma más funcional.
- Apostar por el establecimiento de medidas relacionadas con aspectos indicados en el preámbulo del RD 84/2021, en concreto: Regulación del rendimiento de extracción de aceite.: regulación del rendimiento de extracción de aceite, fijación de un rendimiento máximo de aceituna por hectárea y planificación de la producción mediante la cosecha temprana.
Por su parte, la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) valora positivamente la publicación de la Orden APA/1192/2025. “Desde COAG celebramos que, tras cuatro años desde la aprobación del Real Decreto 84/2021, el Ministerio haya culminado el desarrollo reglamentario de esta norma. Durante este tiempo, nuestra organización ha solicitado reiteradamente su concreción para que el sector cuente con mecanismos operativos cuando las circunstancias del mercado lo requieran”, señalan.
Aunque las condiciones actuales no hagan necesaria la activación inmediata de las medidas de retirada, COAG considera imprescindible que esta norma esté plenamente desarrollada y lista para su aplicación. “La experiencia de campañas anteriores demuestra que contar con herramientas de autorregulación preparadas es esencial para reaccionar con rapidez y eficacia ante situaciones de sobreoferta”, añaden.
Desde COAG destacan que esta norma beneficia tanto a los olivareros como a los consumidores por varias razones fundamentales. Para los olivareros, evita que los precios en origen caigan por debajo de los costes de producción, algo expresamente prohibido por la Ley de la Cadena Alimentaria; garantiza la rentabilidad de las explotaciones olivareras, muchas de ellas pequeñas y medianas y ubicadas en zonas rurales dependientes económicamente del olivar, y proporciona estabilidad y previsibilidad al mercado, permitiendo una planificación más eficaz de las campañas.
Para los consumidores, preserva la sostenibilidad económica y social de la producción de aceite de oliva virgen extra, un alimento esencial en la dieta mediterránea cuyo valor nutricional ha sido refrendado por centenares de estudios científicos; garantiza el mantenimiento de un sector productor viable que pueda seguir ofreciendo productos de máxima calidad, y contribuye a evitar desequilibrios de mercado que podrían afectar negativamente al abastecimiento y a la estructura productiva del sector.
